viernes, 30 de octubre de 2015

Conceptos Jurídicos Fundamentales.
  • ·       Persona y Capacidad.

Íntimamente ligado con el concepto de persona jurídica se halla el de capacidad jurídica. Afirmar que una persona jurídica individual o colectiva es sujeto de derechos y obligaciones implica aceptar, al mismo tiempo, que conforme a la norma jurídica, esa persona goza de capacidad. Puede en tal entendido definírsele como la aptitud para ser sujeto de derechos y obligaciones.
  • ·       Derecho Subjetivo y Deber Jurídico.

Quizá los dos conceptos jurídicos fundamentales más importantes son el de derecho subjetivo y el de deber jurídico dado que constituyen la razón de ser del concepto de persona jurídica, pues al aludir a los derechos de que las personas son objeto se hace referencia específica a sus derechos subjetivos.
El derecho subjetivo es, en síntesis, el facultamiento de conducta derivado de una norma de derecho objetivo.
El deber jurídico es la conducta jurídica opuesta o correlativa referida a un derecho subjetivo, y consiste en el hacer, dar u omitir de alguien en relación con el derecho subjetivo de otro.

  • ·       Sanción, Ilícitos y Responsabilidad.

La sanción es la pena o el castigo que establece un sistema jurídico para el supuesto de que se incumpla con lo dispuesto en una norma.
Cuando una persona contradice o viola una norma jurídica por su acción u omisión, voluntaria o involuntaria, se habla de acto ilícito, acto anti-jurídico  o delito.
Responsabilidad jurídica significa deuda, obligación de reparar y satisfacer por sí o por otro a consecuencia de delito, de una culpa o de otra causa legal; responsabilidad moral es el cargo u obligación moral que resulta para uno del posible yerro en cosa o asunto determinado. En ambos casos, la idea básica es la siguiente: la responsabilidad es la obligación, ya jurídica, ya moral, que recae sobre las personas.

jueves, 29 de octubre de 2015

Fuentes formales directas del derecho Mexicano.

  • Legislación                       


La legislación es la principal fuente de normas jurídicas en los sistemas de derecho escrito, como el mexicano.

  • Costumbre


Es la repetición de acciones al interior de una sociedad que dada su reiteración, aceptación, y permanencia van adquiriendo fuerza normativa, apareciendo como obligatorias.

  • Tratado internacional


Es el acuerdo celebrado por escrito entre estados y regido por el derecho internacional.

  • Normas jurídicas individualizadas


Son aquellos actos de la autoridad o de los particulares que efectivamente generan normas jurídicas, pero no la aplicación general como la ley, los tratados internacionales y la costumbre, sino individualizada o entre las partes.

Fuentes informales del derecho Mexicano.

  • Jurisprudencia


Es el conjunto de principios, criterios, precedentes o doctrinas que se encuentran en las sentencias o fallos de los jueces o tribunales.

  • Principios generales del derecho


Es el conjunto de criterios orientadores, insertos expresa o tácitamente en todo sistema jurídico, cuyo objeto es dirigir inspirar el legislador y al juzgador y, en su caso, suplir las insuficiencias o ausencias de la ley u otras fuentes formales.

  • Doctrina


Comprende los estudios, análisis y crítica que los juristas realizan con carácter científico, no solo de los sistemas de derecho positivo sino del derecho general.

martes, 27 de octubre de 2015

Fuente formal directa e indirecta del derecho.

Las fuentes formales se pueden clasificar en directas e indirectas. Las primeras son las que producen normas jurídicas. Las segundas coadyuvan en su elaboración a través de la interpretación, la orientación y el estudio.

Las directas cabe ubicar a la legislación, la costumbre y los tratados internacionales, así como a los actos que generan normas jurídicas individualizadas dentro de las indirectas están la jurisprudencia, los principios generales del derecho y la doctrina.

viernes, 23 de octubre de 2015

Doctrina tradicional de las fuentes del derecho

La doctrina tradicional en consideración se clasifica en tres tipos las fuentes del derecho:
Las formales son todos aquellos procesos o actos a través de los cuales se identifica a las normas jurídicas dotándolas de juridicidad, es decir, de la protección especial que asegura su cumplimiento.
 Las reales son todos los contenidos normativos que constituyen la materia que se incorpora a las normas jurídicas, como son los valores o principios morales, las aspiraciones o los principios sociales, las necesidades a satisfacer, los criterios, las costumbres, etc.

Las históricas son aquellos documentos o textos de derecho positivo no vigente que fungen como inspiración o antecedente de la formalización del derecho.