miércoles, 9 de diciembre de 2015

                                             Problemas de Integración.

La integración la definimos como la técnica a través de la cual se completan, las lagunas existentes en un ordenamiento jurídico. Se habla, al efecto, de dos tipos de integración:
Heterointegración: Para salvar la laguna se recurre a diversos ordenamientos distintos de aquel que se debe completar o a fuentes del Derecho diversas de la dominante en el ordenamiento jurídico en cuestión. Un ejemplo de esto es si el sistema jurídico de una entidad federativa padece una laguna, éste puede acudir al ordenamiento federal para suplirla. Tal situación puede darse también entre el ordenamiento jurídico internacional y los ordenamientos jurídicos nacionales.

Autointegración: Para salvar una laguna el ordenamiento jurídico acude a su fuente de Derecho dominante vía la analogía o los principios generales del Derecho. Por ejemplo supongamos la siguiente norma: "De las 10 a las 12 del día se prohíbe a los paseantes ingresar en este parque con balones de fútbol soccer". Supóngase que a dicho parque se presenta una persona que trae consigo un balón de fútbol americano. ¿Puede dicha persona entrar en el parque? No evidentemente, pues si bien el caso concreto de personas que lleven consigo balones distintos a los de fútbol soccer no están previstos en la norma, ésta se les aplica por analogía, toda vez que entre el caso previsto y el que no lo está hay una similitud relevante.

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