Problemas
de Integración.
La
integración la
definimos como la
técnica a través de la cual se completan, las lagunas existentes en un
ordenamiento jurídico. Se habla, al efecto, de dos tipos de
integración:
Heterointegración: Para salvar la laguna se
recurre a diversos ordenamientos distintos de aquel que se debe completar o a
fuentes del Derecho diversas de la dominante en el ordenamiento jurídico en
cuestión. Un ejemplo de esto es si el sistema jurídico de una entidad federativa padece una laguna, éste
puede acudir al ordenamiento federal para suplirla. Tal situación puede darse
también entre el ordenamiento
jurídico internacional y los ordenamientos jurídicos nacionales.
Autointegración: Para salvar una laguna el
ordenamiento jurídico acude a su fuente de Derecho dominante vía la
analogía o los principios generales del Derecho. Por ejemplo supongamos la siguiente norma: "De las 10 a las 12 del día se prohíbe a los
paseantes ingresar en este parque con balones de fútbol soccer". Supóngase
que a dicho parque se presenta una persona que trae
consigo un balón de fútbol americano. ¿Puede dicha persona entrar
en el parque? No evidentemente, pues si bien el caso concreto de personas que
lleven consigo balones distintos a los de fútbol soccer no están previstos en la
norma, ésta se les aplica por analogía, toda vez que entre
el caso previsto y el que no lo está hay una similitud relevante.
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